Casa presidencial.
El 1 de diciembre de 1948, Costa Rica se convierte en el primer país de América en abolir sus Fuerzas Armadas.
Costa Rica no tiene ejército, pues este fue abolido el 1 de diciembre de 1948, abolición que fue perpetuada en el artículo 12 de la Constitución Política de 1949. Este mismo artículo contempla la formación de un ejército ya sea por convenio continental o para la defensa nacional, el cual siempre estará subordinado al poder civil. Costa Rica cuenta, desde 1983, con una Ley de Neutralidad que la inhibe de participar en conflictos bélicos de forma perpetua, activa y no armada, y en 2014 aprobó una Ley de Proclamación de la Paz como Derecho Humano y de Costa Rica como País Neutral, en la que establece que el país debe tomar una posición neutral en conflictos armados internacionales, además de que obliga al Estado a incluir dentro de sus programas educativos contenidos que cultiven la cultura de paz.
La seguridad ciudadana del país recae en el Ministerio de Seguridad Pública, el cual también es el encargado de la defensa de la soberanía nacional en caso de ser necesario, aunque la política exterior del país en caso de conflictos internacionales se ha orientado hacia el derecho internacional. El Ministerio de Seguridad Pública está dividido en varias Direcciones: Fuerza Pública, Servicio Nacional de Guardacostas, Vigilancia Aérea, Policía de Control de Drogas, Escuela Nacional de Policía, Armamento, Reserva y Servicios de Seguridad Privada. Costa Rica destina el 0.69 % del Producto Interno Bruto (29.240 millones de dólares), y el 0.03 % del presupuesto nacional, para la seguridad nacional.
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